Si la racionalidad interesa, es aconsejable no caer en sesgos cognitivos, pero caemos a menudo en ellos. Uno de los muy extendidos es el conocido sesgo de confirmación por el cual sobrevaloramos las informaciones que nos corroboran nuestras creencias, opiniones, valores o hipótesis. Adicional y trivialmente: que nos gusta confirmar que “tenemos razón” es obvio, que nos cuesta más admitir que estamos equivocados también. Incluso pertrechado con esto en mente, a veces la realidad te sorprende: lo que crees que es un esquema tan simple que no puede ser cierto, se confirma con creces. La hipótesis que habías hecho… se queda corta. Quedé sorprendido de la siguiente experiencia que resumiré mucho.
Tuve la ocasión de hacer durante el mes de noviembre en Bogotá dos debates, uno en el Parlamento y otro en la Universidad Javeriana, con Michael Tannerdel Cato Institute. Este instituto, como es sabido, es un poderoso think tank libertariano ultraliberal que fue declarado el quinto centro de análisis más influyente del mundo por un estudio de la Universidad de Pennsylvania.
El objeto del debate era la Renta Básica desde posiciones de derecha, ahí intervenía Michael Tanner, y desde posiciones de izquierda para cuya defensa me habían invitado a mi. Por razones que no vienen al caso, había estado leyendo recientemente algunos textos sobre sesgos cognitivos. Y tenía muy presente el sesgo de confirmación y me repetía que algunos esquemas hipotéticos sobre el Cato Institute no podían ser más que esquemas, que la realidad no podía estar tan claramente delimitada, que Michael Tanner no defendería las cuatro ideas que quizás algunos teníamos simplificadas hipotéticamente en exceso, que la realidad es más compleja...
Pero me llevé una sorpresa. Iba sobre aviso cuando la realidad me sorprendió: el esquema hipotético no solamente era cierto sino que superó mis expectativas. Michael, por otra parte un tipo muy cordial y agradable, argumentó con brillantez aquello sobre lo que yo previamente tenía una cierta prevención de que acabara siendo un sesgo de confirmación: una defensa de la Renta Básica —a medias, cierto, ya que a veces se inclinaba más por los créditos por ingreso del trabajo, EITC por sus siglas en inglés, o por el impuesto negativo sobre la renta propuesto por uno de sus campeones intelectuales, Milton Friedman— desde unos postulados libertarianos. El libertarianismo no es exactamente equivalente al neoliberalismo, pero para el caso podemos hacer la equiparación lato sensu. Los postulados libertarianos fueron defendidos sin fisuras por Michael Tanner.
Intelectualmente quedé sorprendido de lo mucho que estábamos de acuerdo… en los grandes desacuerdos. Michael Tanner estuvo perfectamente de acuerdo conmigo que lo que diferencia a los proponentes de la Renta Básica de izquierda y de derecha puede resumirse como lo desarrollé en los dos debates con él:
* En cómo se financia la Renta Básica. O adicionalmente, quién gana y quién pierde. Qué parte de la población sale beneficiada con una Renta Básica y qué parte no. Para la izquierda, la financiación de la Renta Básica debe significar una reforma fiscal que suponga una redistribución de la renta de las decilas más altas al resto de la población.
* En las medidas de política económica que adicionalmente se proponen junto a la Renta Básica. La izquierda asume la defensa de la sanidad y la educación públicas, y en general, del Estado de bienestar. La derecha no. En referencia a esto último, tuve que recordar que uno de los economistas preferidos de Michael Tanner al que citó en más de una ocasión, Charles Murray, tan libertariano como él, defiende la Renta Básica en un libro que tiene este título: “En nuestras manos. Un plan para reemplazar el Estado de bienestar”.
* En el aumento del poder de negociación de los trabajadores y de las mujeres que supondría la Renta Básica, según defiende la izquierda, no es admitido como bueno o deseable por la derecha. Otra diferencia relacionada se refería a la cantidad de Renta Básica: Tanner prefería cantidades por debajo del umbral de la pobreza para “incentivar” el trabajo remunerado. Sobre el cada vez más desarrollado porcentaje de “trabajos de mierda” al que aludí más de una vez, Tanner se mantuvo firme: siempre se han tenido que desarrollar trabajos desagradables y poco interesantes para hacer posible el crecimiento.
* En la neutralidad del Estado. Para Tanner la neutralidad significa que el Estado no intervenga en las negociaciones de los distintos agentes. Para mi significa que debe intervenir activamente para impedir que los grandes poderes privados, como las multinacionales gigantes, impongan su voluntad privada a los Estados, con el ataque a la libertad de la mayoría no rica que eso supone. Una renta máxima, por ejemplo. Tanner, como es fácil suponer, no la defendió ni mucho menos.
Pregunté después de los dos debates a alguno de los oyentes organizadores, el observatorio fiscal de la universidad javeriana de Bogotá, su visión del debate para tener algún elemento exterior de confirmación o rechazo de mi impresión. También pregunté a alguno de los oyentes no organizadores lo mismo, para poder contrastar mínimamente. Las opiniones coincidían, según acabo de resumir. Parece que no incurría en el sesgo de confirmación. Las hipótesis se habían confirmado de una forma tan exacta que causaba impresión.
¿Tuvimos algunos acuerdos además de confirmar el abismo teórico político y económico que nos separaba? Sí, sin duda. ¿Cuáles? Que los subsidios condicionados para pobres son muy costosos e invasivos en la vida de las personas. Y otro acuerdo: que hay que tratar a los pobres como adultos, no como niños. Y que los subsidios condicionados los trata no ya como menores sino como graves deficientes mentales. Y que se confirma que las personas pobres acostumbran a gastar una proporción de sus mínimos ingresos que resulta muy similar a la proporción que gastan de sus mayores ingresos otras partes de la población en… consumos “indeseables” como alcohol y tabaco, que son los ejemplos que apuntó Tanner. Es decir, que aquel paternalismo de que los pobres no se gasten lo que reciben del Estado en mercancías “indeseables” no está justificado porque lo hacen en una medida proporcional muy similar a otros sectores de renta más elevada de la población.
No son grandes acuerdos, pero tampoco se trata de nimiedades. En todo caso el sesgo de confirmación había sido —creo sinceramente— sorteado. La derecha y la izquierda que defienden la Renta Básica tienen muchas más diferencias que acuerdos. Para desconcierto de los contrarios a la Renta Básica que se sitúan a la izquierda. Caigan o no en el sesgo de confirmación.
13/12/2018
(Una versión más reducida de este texto fue publicada en https://lamiradacomun.es/opinion/renta-basica-sesgo-cognitivo/)
es editor de Sin Permiso (www.sinpermiso.info), presidente de la Red Renta Básica (www.redrentabasica.org) y profesor de la Facultad de Economía y Empresa de la Universidad de Barcelona. Es miembro del comité científico de ATTAC. Sus últimos libros son, en colaboración con Jordi Arcarons y Lluís Torrens, 'Renta Básica Incondicional. Una propuesta de financiación racional y justa' (Serbal, 2017) y, en colaboración con Julie Wark, 'Against Charity' (Counterpunch, 2018).
Fuente:
www.sinpermiso.info, 16-12-18
Jordi Arcarons
Daniel Raventós
Lluís Torrens
24/11/2018
Cuando publicamos ya hace cuatro años con Antoni Domènech un avance del que luego sería un libro[1] más detallado del estudio de financiación de la renta básica, recibimos algunas críticas. Las que nos parecieron que tenían alguna utilidad pueden resumirse en los siguientes epígrafes.
1) Había personas que en nuestra propuesta de reforma salían perdiendo y que, por distintos motivos, no era razonable que estuvieran en el grupo de perdedores. Quien más insistió quizás en esta crítica fue una publicación del BBVA que además cometía algunos errores de bulto y que contestamos en su momento. Hubo quien adicionalmente le quiso poner poesía diciendo que perdían algunas personas que no son las que tenemos asociadas con los ricachones de sombrero de copa y puro.
2) Como la reforma propuesta incluía un tipo único impositivo, se criticó que eso suponía “falta de progresividad”.
3) No se identificaba correctamente a los hogares fiscales dado que la información de la que se partía no lo permitía. Al no identificar los hogares con precisión, no era posible realizar algunas inferencias muy importantes.
Disponemos actualmente de nueva información que permite afinar muchísimo más los resultados y contestar con datos a estas críticas. Y estos datos aportan unos resultados realmente espectaculares en cuanto a las posibilidades de financiación. En el bien entendido que las mencionadas críticas fueran hechas para debatir honestamente, puesto que para quien ya tiene parti pris, los datos son irrelevantes y hasta la propia realidad también lo es puesto que su opinión está por encima de ambos: de datos y de realidad.
Lo que los nuevos datos nos aportan de nuevo son varias nuevas posibilidades. En concreto permiten:
1) Determinar los ingresos totales del hogar, a partir de los que percibe cada uno de sus integrantes. Podemos saber exactamente los ingresos de cada miembro del hogar. Con los datos anteriores no era posible. Muy importante es además que antes no se podían cuantificar las rentas exentas del IRPF (ejemplos: pensiones de invalidez permanente, las rentas del trabajo inferiores a 10.000 euros anuales…). En definitiva, hay un conjunto de rentas a las que antes no se podían acceder y con estos datos nuevos, sí.
2) Cuantificar el ahorro público generado como consecuencia de las prestaciones públicas pagadas al hogar y a cada uno de sus integrantes eliminadas total o parcialmente por la renta básica transferida. El ahorro público de las prestaciones monetarias eliminadas ahora se puede cuantificar individualmente, con los datos anteriores no era posible ya que el cálculo era agregado.
3) Identificar las características socio-familiares de los integrantes del hogar, tales como: tramo de edad, género, antigüedad de residencia municipal y clasificación socio-económica. Anteriormente, la antigüedad de residencia municipal no podía establecerse. Y la condición de género, podía establecerse, pero no podía medirse el impacto redistributivo entre hombres y mujeres como ahora sí puede hacerse como especificamos más adelante.
Los datos que ahora disponemos son mucho más precisos. Se trata de una muestra individualizada y por hogares de Barcelona, a partir de una información cedida y suministrada al Ayuntamiento de Barcelona[2] por la Agencia Estatal de la Administración Tributaria (AEAT), que está estratificada por 39 grandes barrios de los hogares que aparecen en el padrón de la ciudad de Barcelona. Todo ello se traduce en más de 94.000 observaciones de 38.000 hogares que identifican con precisión 1.600.000 personas y 640.000 hogares. El período de referencia es el año 2015.
¿Qué cantidad de renta básica?
En 2016 (cuyos datos de renta se refieren a 2015), la Encuesta de Condiciones de Vida (ECV) estima estos dos umbrales de riesgo de pobreza: 8.182 euros anuales para el conjunto del Reino de España, y 9.802 euros anuales para Catalunya.
Teniendo en cuenta estas cifras, en esta investigación se estudian tres cantidades de renta básica: a) 7.800 euros anuales equivalente a 12 pagas de 650 euros mensuales; b) 8.400 euros anuales equivalente a 12 pagas de 700 euros mensuales, y c) 9.802 euros anuales equivalente a 12 pagas de 816,83 euros mensuales.
A su vez, se establecen para las tres cantidades dos importantes diferencias en la reforma del IRPF que proponemos: a) con tipo único, y b) con tipos impositivos por tramos.
Hasta aquí tenemos 6 posibles combinaciones, las tres cantidades de renta básica y las dos reformas del IRPF según tipo único o por tramos para cada una. Pero añadimos dos nuevas variantes: que la reforma tenga o no financiación complementaria adicional al IRPF, de la que más adelante especificamos los detalles. Por lo que tenemos 12 variantes o escenarios según el siguiente cuadro:
Cuadro 1
La cantidad de la renta básica es individual, pero a diferencia del estudio empezado en el año 2014, se calcula según la escala de equivalencia de la OCDE. Esta escala simplemente quiere constatar la evidencia según la cual vivir en un mismo hogar un número de personas superior a una es más caro que lo que costaría vivir una sola persona, pero en una proporción decreciente. Cuatro personas viviendo en el mismo hogar no es cuatro veces más caro que lo que representa vivir una por distintas razones, una de ellas es por los costes fijos que supone vivir en un mismo hogar y por los que no son exactamente proporcionales a la cantidad de personas: alquiler, electricidad, agua… La escala de equivalencia modificada de la OCDE distingue tres grupos de edad: 0-14, 14-18, y más de 18. Y asigna esta escala: valor 1 para el primer miembro del hogar de 18 o más años, 0,5 para el resto de miembros de más de 14 años y 0,3 para los menores de 14 años. Esta es una nueva e importante diferencia con las primeras investigaciones que realizamos puesto que solamente se diferenciaba entonces entre mayores y menores de 18 años, a los que se asignaba un 20% del importe de los primeros.
La renta básica de un hogar se distribuiría de forma individual entre sus componentes. Así, un hogar con 2 personas mayores de 18 años, una entre 14 y 18 años y otra menor de 14, supondría una escala de equivalencia de 2,3. Esto significa que este hogar recibiría una renta básica multiplicada por 2,3 que a su vez se dividiría equitativamente entre estas 4 personas. Esto se nuestra en el cuadro 2 para muchos más ejemplos y para las tres cantidades de renta básica mencionadas.
Cuadro 2
① Escala de equivalencia = 1 para el primer miembro mayor de 18 años + 0,5 para resto de personas mayores de 14 años + 0,3 para personas menores de 14 años
Para concretar más. En el cuadro 2 podemos comprobar que un hogar con 2 personas mayores de 18 años, una entre 14 y 18 y dos más aún menores 14, tendría una escala de equivalencia de 2,6 (1 + 0,5 + 0,5 + 0,3 + 0,3). De manera que cada uno de ellos recibiría una renta básica de 4.056 euros con el umbral de 7.800, de 5.460 con el umbral de 8.400 y 6.371 con el umbral de 9.802. Una persona que viviera sola recibiría, claro está, 7.800, 8.400 y 9.802, respectivamente.
Las características de la reforma del IRPF
1) Tributación de las rentas exentas que no hayan sido absorbidas por la transferencia de Renta Básica.
2) Integración de la base del ahorro en la base general.
3) Eliminación de compensaciones entre rendimientos.
4) Eliminación de los mínimos personales y familiares.
5) Eliminación de todas las reducciones de la base (planes de pensiones, circunstancias personales, rendimientos del trabajo, etc.).
6) Eliminación de todas las deducciones de la cuota (vivienda, incentivos, etc.).
7) Tipo único o escala de 5 tramos con tipos marginales crecientes, combinados con la transferencia de RB.
Estas características son comunes a los trabajos resumidos en Arcarons, Raventós y Torrens (2017), excepto en el punto 7. Una de las críticas recibidas a nuestro anterior trabajo, como se mencionaba al principio, era la utilización del tipo único. Hemos comentado en distintas ocasiones que un tipo único combinado con una renta básica es muy progresivo. La explicación es que cuando la renta básica representa una parte porcentualmente importante de la totalidad de ingresos recibidos, el tipo efectivo se distancia mucho del nominal. Si, por el contrario, la renta básica es un porcentaje reducido de estos ingresos, el tipo efectivo y el nominal serán muy parecidos. En el primer caso estamos hablando de población con niveles de renta globales muy bajos, en el segundo de muy altos.
Aún así, con esta nueva investigación hemos preferido ampliar las posibilidades de financiación y, como se apuntaba, además del tipo único se detalla la financiación por tramos y a su vez con una variante: con o sin financiación externa de 500 millones de euros según se detalla en el cuadro 3.
Cuadro 3
En este cuadro se detallan los tipos resultantes por tramos, así como el único, en las tres variantes de renta básica y en los casos que haya o no la financiación externa de 500 millones de euros. Estos tipos aplicados al conjunto de la muestra son los que garantizan la financiación de la renta básica.
Para una cabal comprensión de lo que estos tipos representarían, debe compararse con este cuadro:
Cuadro 4
El cuadro 4 presenta los tipos por tramos actuales —datos del año 2015 que es el del estudio— en Barcelona —que son los de Cataluña—. Obsérvese que estamos ante unos tipos relativamente parecidos o no muy distanciados de nuestra propuesta.
Pero ahora debemos aclarar dos componentes de la investigación que hemos mencionado, pero aún no explicado: la financiación externa y Barcelona.
Financiación externa y ciudad de Barcelona
La financiación externa al IRPF puede explicarse fácilmente. En las variantes o escenarios propuestos que incluyen financiación externa la cifra que hemos utilizado es de 500 millones de euros, lo que supone el 1,62% de la Renta Bruta total para la ciudad de Barcelona. ¿De dónde provienen?[3] Proponemos un impuesto sobre la riqueza a un tipo único del 1% aplicado al 5% superior más rico del Reino de España. Hay que señalar que algunas comunidades autónomas ya aplican tipos marginales máximos del 2,75% y 3% al impuesto extraordinario del patrimonio, que no es el de la riqueza, pero que puede servir de cierta aproximación. Es decir, que esta fuente de financiación externa al IRPF de 500 millones puede perfectamente realizarse sin ninguna especial complicación. Mediante este 1% sobre la riqueza o mediante otros impuestos que no hemos contemplado en el estudio.
El estudio se refiere a la población de Barcelona porque es de esta ciudad de donde se disponían los datos con la precisión que se apuntaba al inicio. Y por lo tanto hemos hecho la ficción de que Barcelona tiene las prerrogativas fiscales del gobierno español. En otras palabras, el estudio, de disponerse de una muestra de datos representativa del conjunto del Reino de España, podría extrapolarse sencillamente exactamente con los mismos criterios utilizados en esta investigación. No hay duda que los resultados serían algo diferentes puesto que la ciudad de Barcelona no representa la “media” del conjunto de la población del Reino de España. Pero el nivel de precisión sería el mismo. Esperamos que esta microsimulación ayude a poder contar pronto con estos datos.
Quién gana y quién pierde por rentas y géneros
En este resumen de la investigación falta explicar quién gana y quién pierde según la investigación realizada. Hemos estimado las tarifas de IRPF que financian que todos los hogares con ingresos inferiores a 60.000 euros anuales brutos, salen ganando con respecto a la situación actual, lo que viene a ser equivalente a que resultan ganadoras el 100% de todas las personas situadas en el 75% más bajo de renta y un porcentaje menor de las que se sitúan entre el 75%-80%. En el 20%-25% más rico hay algunos hogares y algunas personas que resultan también ganadoras, pero en porcentajes cada vez más simbólicos cuando se sube en la escala de riqueza. En porcentaje total, salen ganadores el 79,69% de las personas y el 77,52% de los hogares. La transferencia entre personas ricas (20%) a personas pobres (80%) supone una cantidad de 3.200 millones de euros, un 10,4% de la Renta Bruta total. Esta misma cifra, pero referenciada a los hogares es de 2.489 millones de euros (8,1%). Si ponemos énfasis en la desigualdad el resultado es que con un modelo de RB como el propuesto el efecto redistributivo (la caída del índice de Gini ex-ante, o situación actual, y ex-post, o situación de nuestra propuesta) es del 14,1%, cuando con el actual modelo de IRPF el resultado es inferior al 3,7%. Y por último, una información que habla por sí sola es la que permite la comparación de tipos impositivos efectivos ex-ante y ex-post, tal como refleja el cuadro 5.
Cuadro 5
Muy importante es que los nuevos datos, a diferencia de los estudios previos, también permiten ver el impacto de la reforma propuesta sobre hombres y mujeres de forma diferenciada. Los resultados indican de promedio[4] que habría una transferencia de algo más de 431 millones de euros de hombres a mujeres. Lo que supone un interesantísimo (nuevo) resultado de la reforma y muestra que la renta básica mediante la financiación propuesta sería un buen instrumento para paliar las grandes diferencias de ingresos —salariales y de otro tipo— entre hombres y mujeres tal y como con razón viene denunciando especialmente el movimiento feminista.
En resumen, el nuevo estudio permite responder de forma clara a las tres críticas mencionadas al principio de este escrito que se habían realizado a estudios anteriores.
1) No pierde ningún hogar con ingresos inferiores a 60.000 euros anuales.
2) La reforma propuesta además del tipo único impositivo, contempla financiación por tramos.
3) Se identifica muy exactamente a los hogares fiscales con lo que se gana una información que permite mucha precisión. Incluso una desagregación por género de personas ganadoras y perdedoras.
Perspectivas
También cuando publicamos las conclusiones del primer estudio no se sabían los resultados de la aplicación de la llamada Renta Garantizada de Ciudadanía (RGC) en Cataluña porque se cambió la ley en septiembre de 2017. Ha sido un desastre a fecha de hoy, pero más efectivo es ofrecer algunos datos suficientemente elocuentes:
26.000 familias catalanas la recibían antes de cambiar la ley (de renta mínima de inserción, RMI, a RGC) y 27.131 familias la estaban recibiendo en septiembre, un año después. Con datos de la Encuesta de Condiciones de Vida de 2017, había 214.000 familias potenciales beneficiarias según su nivel de renta en el año 2016. En el mencionado año hasta hoy han habido 71.270 peticiones, de las cuales se atendieron 54.752 (el resto se halla en lista de espera) y de éstas se concedieron 5.621 (10%). El resto se denegaron (39.928) o desistieron (8.918).
Concretado en Barcelona ciudad: solo 2.600 familias están recibiendo actualmente la RGC (según la ECV hay 33.000 familias potencialmente beneficiarias).
Por lo tanto, creemos que está permitido utilizar la palabra “desastre” a la vista de estos datos. Si bien ante estas evidencias hay quien quiere mejorar (sic) el sistema de prestaciones condicionadas, nosotros creemos que es mucho más racional defender la renta básica incondicional.
Con los nuevos datos y la nueva aproximación suponemos que aportamos algunas razones y datos adicionales. Para la gran mayoría que no tiene parti pris ya antes de cualquier razonamiento adicional, esperamos haber aportado algunos datos de interés. Pronto podremos añadir nuevos cálculos como las transferencias de renta que supondría nuestra propuesta de los barrios ricos a los pobres, el porcentaje del PIB de la ciudad que supondría la transferencia de ricos a pobres, la transferencia entre grupos de edad, entre algunos otros más. Si podemos aplicar el nuevo estudio a los datos del mismo tipo, si conseguimos los datos, para el conjunto del Reino de España, se abrirá una puerta más en el debate sobre la necesaria aplicación lo más inmediata posible de la renta básica incondicional.
1 Jordi Arcarons, Daniel Raventós, Lluís Torrens (2017): Renta Básica incondicional. Una propuesta de financiación racional y justa. Ediciones del Serbal.
[2] La información fue solicitada dentro de un paquete de demandas de información agregada y de una muestra anonimizada de contribuyentes de la ciudad por el ayuntamiento de Barcelona a la AEAT para realizar un conjunto de estudios para mejorar la gestión municipal, como por ejemplo estimar los costes de una eventual implementación de una renta municipal u otras ayudas a colectivos vulnerables, ya sea a nivel global de ciudad o para experiencias piloto como el proyecto europeo B-Mincome, así como para estimar los impactos de tarifaciones sociales sobre servicios municipales y realizar estimaciones de pobreza más ajustadas y con desagregación territorial. El ayuntamiento facilitó el padrón por domicilios a la AEAT y ésta confeccionó entonces una muestra aleatoria y estratificada por grandes barrios de Barcelona, es decir, 39 áreas que agrupan a los 73 barrios oficiales, de manera que se homogeniza más el tamaño de la población. El tratamiento de los datos obtenidos ha sido realizado exclusivamente por personal técnico del propio ayuntamiento o por investigadores universitarios a los que el ayuntamiento ha encargado proyectos relacionadas con los objetivos de la demanda a la AEAT, como es el de este artículo y sus autores.
[3] La Encuesta Financiera de las Familias(EFF) que elabora el Banco de España permite estimar la intersección entre renta y riqueza de las familias del Reino de España, aunque hay que advertir que no permite ninguna desagregación territorial. De dicha información se desprende que el 26,3% de la riqueza total acumulada (descontando de la misma el valor de la vivienda habitual) lo concentra el 5% más rico. La extrapolación a la ciudad de Barcelona, cuya renta bruta supone el 5,52% de la estimada por la EFF, permite obtener la cifra de 500 millones de euros fijada como financiación externa en nuestro estudio.
es catedrático de Economía Aplicada de la Facultad de Economía y Empresa de la Universidad de Barcelona. Es miembro de la Red Renta Básica. Su último libro es, en colaboración con Daniel Raventós y Lluís Torrens, "Renta Básica Incondicional. Una propuesta de financiación racional y justa" (Serbal, 2017).
es editor de Sin Permiso, presidente de la Red Renta Básica y profesor de la Facultad de Economía y Empresa de la Universidad de Barcelona. Es miembro del comité científico de ATTAC. Sus últimos libros son, en colaboración con Jordi Arcarons y Lluís Torrens, "Renta Básica Incondicional. Una propuesta de financiación racional y justa" (Serbal, 2017) y, en colaboración con Julie Wark, "Against Charity" (Counterpunch, 2018).
es economista. Director de servicios de planificación e innovación en el Área de Derechos Sociales del Ayuntamiento de Barcelona y profesor asociado de la Escuela Superior de Comercio Internacional-Universitat Pompeu Fabra. Es miembro de la Red Renta Básica y de la Asociación REVO prosperidad sostenible. Su último libro es, en colaboración con Jordi Arcarons y Daniel Raventós, "Renta Básica Incondicional. Una propuesta de financiación racional y justa" (Serbal, 2017).
Fuente:
www.sinpermiso.info, 25-11-18
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